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DEPARTAMENTO DE SANIDAD
(Servicio vasco de salud)
.@@@RESOLUCIÓN 1125/2006, de 6 de octubre, de la Directora General
de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas
que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo
estatutario fijo en la categoría de Letrado del Grupo Profesional de
Técnicos Superiores con destino en las organizaciones de servicios
sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.@@@
Mediante Resolución 1082/2006, de 4 de octubre, de la Directora General
de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprueban las bases generales que
han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo
estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Para la materialización de cada proceso selectivo es necesaria la
publicación de las bases específicas que han de regir la convocatoria
de destinos de cada categoría, en la que se especifiquen las características
particulares de cada uno de los destinos ofertados.
Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1997, de 26 de junio
de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre,
del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el
Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente
Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en el Decreto 255/1997,
de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente
Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y demás disposiciones
de vigente aplicación, y oídas las Organizaciones Sindicales
del Sector,
RESUELVO:
Primero.- Convocar las pruebas selectivas que son objeto de las presentes
bases.
Segundo.- Aprobar las bases específicas, que figuran como Anexo I,
que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo
estatutario fijo en la categoría de Letrado del Grupo Profesional de
T écnicos Superiores.
Tercero.- Aprobar la relación de destinos ofertados mediante el Anexo
II que acompaña a la presente Resolución.
Cuarto.- Aprobar el baremo de méritos que figura como Anexo III de
la presente Resolución.
Quinto.- Aprobar el temario correspondiente que figura como Anexo IV de
la presente Resolución.
Sexto.- De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999,
de 13 de enero, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria
de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por
el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza, contra esta Resolución
podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración
de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir
del d ía siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Vitoria-Gasteiz, a 6 de octubre de 2006.
Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.-
GLORIA QUESADA MENÉNDEZ
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA ADQUISICIÓN
DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE LETRADO DEL
GRUPO PROFESIONAL DE TÉCNICOS SUPERIORES CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES
DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD.
- 1.- DESTINOS OBJETO DE CONVOCATORIA.
- 1.1.- Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría
de Letrado del Grupo Profesional de Técnicos Superiores, con destino
en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco
de salud, recogidos en el Anexo II.
Asimismo serán objeto de esta convocatoria los destinos que
se indican en la base 1 de las bases generales que rigen el presente
proceso.
- 1.2.- De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado los siguientes: 1
- 2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Para participar en el proceso que aquí se regula, los aspirantes
habrán de reunir al último día del plazo de presentación
de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales,
debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión
del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos
exigidos en las bases generales, los siguientes:
- a) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación
de Licenciado/a en Derecho, expedida por el Ministerio de Educación
y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005,
de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público
Osakidetza.
- b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto
al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19
de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio
vasco de salud.
-
3.- DESARROLLO DEL CONCURSO OPOSICIÓN.
- 3.1.- Fase de oposición.
-
1.- La fase de oposición estará constituida por los ejercicios
que se indican a continuación:
-
a)Primer ejercicio: Corresponderá al tribunal determinar el
contenido de la prueba y su duración. La misma consistirá en
la contestación por escrito en el plazo máximo que se
fije, de un cuestionario de preguntas que versará sobre las
materias del programa que se contiene en el Anexo IV.
Asimismo, mediante su inclusión en el citado Anexo, se facilitará la
bibliografía orientativa para la preparación de la prueba,
si bien la misma carece de carácter vinculante u obligatorio.
-
b) Segundo ejercicio: consistirá en la realización de
los ejercicios prácticos que proponga el tribunal, bien mediante
la contestación de cuestionarios de preguntas, bien mediante
otras modalidades.
Dicho ejercicio estará relacionado con las funciones específicas
del destino y tendrá como finalidad la valoración de las
aptitudes, destrezas, conocimientos y capacidad profesional de los aspirantes
para el desempeño de dicho destino.
- 3.2.- Tras la relación provisional de aspirantes por orden de
puntuación prevista en el apartado 10.7 de las bases generales,
los aspirantes deberán aportar, además de la documentación
que se relaciona en la base 10.7.2, la siguiente:
- - Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación
de Licenciado/a en Derecho, expedida por el Ministerio de Educación
y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto
186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente
P úblico Osakidetza.
- 3.3.- Fase de concurso.
Se valorarán los méritos acreditados, según el
baremo de méritos que se acompaña como Anexo III, y que
se hubieran alegado en el modelo que hay que cumplimentar en la página
web.
ANEXO II(*)
RELACIÓN DE DESTINOS CATEGORÍA: TITULADO SUPERIOR LETRADO
PUESTO FUNCIONAL: TECNICO SUPERIOR JURIDICO
|
Organización de Servicios
|
Sin fecha de preceptividad
|
Con fecha preceptividad |
Total
|
| |
|
01-06-10 |
|
| COMARCA INTERIOR |
1 |
|
1 |
| COMARCA URIBE |
1 |
|
1 |
| HOSPITAL SANTIAGO |
1 |
|
1 |
| HOSPITAL TXAGORRITXU |
1 |
1 |
2 |
| Total general |
4 |
1 |
5 |
PUESTO FUNCIONAL: LETRADO CORPORATIVO
|
Organización de Servicios
|
Sin fecha de preceptividad
|
Con fecha preceptividad |
Total
|
| |
|
01-06-05 |
|
| COMARCA INTERIOR |
4 |
4 |
8 |
| Total general |
4 |
4 |
8 |
* Los destinos recogidos en esta relación no incluyen los puestos
de nueva creación aprobados por Acuerdo del Consejo de Administración
de Osakidetza-Svs de 20 de julio de 2006, ni los de queden vacantes tras la
resolución de la fase de resultas del concurso de traslados 2005. De
conformidad con la base 1.1 de las bases generales la determinación
definitiva de los destinos ofertables se efectuará con la publicación
de la relaci ón definitiva de aspirantes que hayan superado la convocatoria.
ANEXO III
BAREMO DE MERITOS DE LA CATEGORÍA DE LETRADO DEL GRUPO PROFESIONAL
DE T ÉCNICOS SUPERIORES.
- A).- Experiencia profesional (máximo 45 puntos)
Se computará el tiempo de servicios que los aspirantes tuvieran
reconocido hasta el último día del plazo de presentación
de solicitudes.
- 1.- Por cada mes de servicios prestados como Letrado/Titulado Superior
del Area Jurídica en las Organizaciones de Servicios Sanitarios
de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de la Seguridad Social o de los
Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en cualquier
Administración Pública, así como aquéllos
servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública
de los demás estados miembros de la Unión Europea... 0,30
puntos.
Asimismo, dicho cómputo será de aplicación en
el caso de desempeño de puestos de Jefatura de Sección,
Jefatura de Servicio y Subdirecci ón de Gestión.
- 2.- Por cada mes de servicios prestados en el desempeño de puestos
de Gestión de nivel superior en Instituciones Sanitarias públicas
0,08.
Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.
Al personal que acceda a través del turno de promoción interna se le computarán los servicios previos conforme a continuación se detalla:
- a).- Servicios prestados por personal en el grupo E: 0,07 puntos/mes.
- b).- Servicios prestados por personal en el grupo D: 0,10 puntos/mes.
- c).- Servicios prestados por personal en el grupo C (personal sanitario):
0,12 puntos/mes.
- d).- Servicios prestados por personal en el grupo B (personal sanitario):
0,18 puntos/mes.
- e).- Servicios prestados por personal en el grupo B (personal no sanitario):
0,25 puntos/mes. Cuando sean prestados en el mismo puesto al que se
opta: 0,30 puntos/mes.
Los servicios prestados en comisión de servicios o desempeño
de funciones de superior categoría se computarán en el puesto
efectivamente desempe ñado.
Asimismo se computarán en el puesto de origen los servicios prestados
en situaci ón de servicios especiales.
- B).- Formación, docencia e investigación (máximo
15 puntos)
-
1.-Formación académica (máximo 6 puntos)
Se valorará dentro de este apartado la formación que resulte
acreditada conforme a lo siguiente:
- a).- Formación Pregrado (Máximo 2 puntos):
- - Por cada matricula de honor o sobresaliente durante los estudios
de Licenciatura(no se deben considerar como asignaturas valorables:
religión, formación política, educación
f ísica e idioma) 0,20 puntos.
-
b).- Grado de licenciatura (sobresaliente o matrícula de honor)
1 punto.
-
c).- Suficiencia investigadora 1 punto.
-
d).- Master Universitario (mínimo 60 créditos) 2 puntos
(máximo 4 puntos)
-
e).- Grado de Doctor 4 puntos
- f).- Doctor cum laude 5 puntos
- g).- Otra titulación superior relacionada con la categoría
4 puntos
-
2).- Formación Continuada (máximo 8 puntos)
Asistencia a cursos específicos relacionados con la categoría del destino solicitado.
Únicamente se valorarán cursos impartidos y acreditados por
Organismos Oficiales, Universidades, Instituciones Sanitarias, Colegios
Profesionales y Sociedades Científicas, así como los cursos
impartidos y acreditados en virtud de los Acuerdos de Formación
Continua suscritos por la Administración de la Comunidad Autónoma
Vasca, siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención
de una titulación oficial.
No serán puntuadas aquellas certificaciones en las que no conste
el número de horas de duración del curso, o la equivalencia
de los créditos en horas, reconocidos por la Administración
Pública que imparta esta formación. Por cada curso de una
duración de:
|
HORAS
|
PUNTOS
|
| 5 a 9 horas: |
0,025 puntos |
| 10 a 19 horas: |
0,05 puntos |
| 20 a 29 horas: |
0,15 puntos |
| 30 a 49 horas: |
0,30 puntos |
| 50 a 99 horas: |
0,75 puntos |
| 100 a 199 horas: |
1,50 puntos |
| 200 a 599 horas: |
1,75 puntos |
| 600 o más horas: |
2,00 puntos |
Cuando en las certificaciones de los cursos conste únicamente el
número de créditos, la puntuación será de 0,1
puntos por crédito.
En el caso de que en las certificaciones de los cursos
conste tanto el número de horas como el de créditos, prevalecerá la
determinaci ón en créditos.
No serán puntuadas aquellas certificaciones en las que no conste
el número de horas de duración del curso.
-
3.- Actividades Docentes: (máximo 4 puntos)
-
-Catedrático de la Facultad de Derecho: 2,50 puntos.
-
-Profesor numerario de Facultad de Derecho: 1,25
puntos.
-
-Por actividades docentes en cursos de formación programados,
relacionadas con la categoría y desarrolladas en centros oficiales,
por cada 10 horas acumuladas 0,05 con un máximo de 1,25.
- 4.- Actividades Científicas y de difusión del conocimiento
(máximo 4 puntos):
Por la publicación de trabajos científicos,
presentación de ponencias, conferencias o mesas
redondas relacionadas con la categoría del destino
solicitado, conforme se indica a continuación
(Máximo 4 puntos):
- -por cada mesa redonda o ponencia autonómica/regional/local:
0,05 puntos.
- -por cada mesa redonda o ponencia nacional: 0,1 punto
- -por cada mesa redonda o ponencia internacional: 0,2 puntos
- -por cada comunicación oral o póster autonómico/
regional/local: 0,025 puntos.
- -por cada comunicación oral o póster nacional: 0,05
puntos.
- -por cada comunicación oral o póster internacional:
0,1 punto.
- -por cada publicación internacional (primer autor): 0,60
puntos.
- -por cada publicación internacional (otros autores): 0,30
puntos.
- -por cada publicación nacional (primer autor): 0,30 puntos.
- -por cada publicación nacional (otros autores): 0,15 puntos.
No se valorarán otros méritos no especificados en este apartado.
- 5.- Idiomas. Máximo 2 puntos.
- Francés máximo 1,5 puntos.
- Inglés máximo 1,5 puntos.
- Alemán máximo 1,5 puntos.
- 6- Conocimientos de informática. Máximo 2 puntos.
-
C) Conocimientos de euskera:
|
|
PUNTOS
|
| PL3 |
24 puntos |
| PL2 |
16 puntos |
| PL1 |
8 puntos |
ANEXO IV
TEMARIO LETRADO DEL GRUPO PROFESIONAL DE TÉCNICOS SUPERIORES NO SANITARIOS
- 1.- La Constitución Española de 1978. Titulo Preliminar.
De los Derechos y deberes fundamentales. Garantía de las libertades
y derechos fundamentales y suspensi ón de los derechos y libertades.
- 2.- Estatuto de Autonomía del País Vasco: Titulo Preliminar.
Denominación y Constitución. El Territorio: Concepto. Territorio
Vasco. Posible integración de otros territorios. Sede de las instituciones
comunes. Derechos de los ciudadanos vascos. El euskera.
- 3.- Las competencias de la Comunidad Autónoma del País Vasco:
Exclusivas, de desarrollo legislativo y ejecución, y de ejecución.
La reforma del Estatuto.
Especial referencia a las competencias en materia de sanidad en
el Estatuto de Autonomía y en la Ley de Relaciones entre las Instituciones
Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus Territorios
Hist óricos.
- 4.- El Parlamento Vasco: Composición y funciones. El Ararteko.
El Tribunal Vasco de Cuentas P úblicas.
- 5.- El Gobierno Vasco: Composición, competencia y funcionamiento.
El Lehendakari. Su estatuto y designación. Competencias y facultades.
Cese y sustitución. El Vicelehendakari. Los Consejeros y Altos Cargos
de la Administraci ón del País Vasco.
- 6.- Fuentes de Derecho Administrativo: La Ley. Concepto y clases. Disposiciones
normativas con fuerza de ley: Decretos Leyes y Decretos Legislativos.
- 7.- El Reglamento: Concepto. Naturaleza. Clases. La titularidad de la
potestad reglamentaria y sus límites. Validez e impugnación
de los reglamentos.
- 8.- La posición de la Administración frente al Derecho:
el principio de legalidad. La discrecionalidad de la Administración.
Los poderes exorbitantes de la Administraci ón. La autotutela.
- 9.- La organización administrativa. Los órganos administrativos.
Los órganos colegiados. Principios organizativos: Jerarquía
y competencia. La delegación, la avocación y la sustitución.
Encomienda de gestión. Concentración y desconcentración.
Centralizaci ón y descentralización.
- 10.- El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo.
La presunción de legitimidad de los actos administrativos. La eficacia
del acto administrativo. Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y revocación
de los actos administrativos. Silencio administrativo.
- 11.- El procedimiento administrativo: La ley 30/1992 de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común: Principios generales. Interesados. Abstención
y recusaci ón. Los derechos de los ciudadanos. Registros administrativos.
- 12.- Fases del procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación,
instrucci ón y terminación del procedimiento.
- 13.- La revisión de los actos administrativos en vía administrativa.
Revisión de oficio. Recursos administrativos. Las reclamaciones previas
al ejercicio de acciones en v ía judicial.
- 14.- La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas
y de sus autoridades y dem ás personal a su servicio.
- 15.- Los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial de las
administraciones p úblicas
- 16.- Potestad sancionadora de la Administración. Principios de
la potestad sancionadora. Procedimiento sancionador.
- 17.- La contratación administrativa. Los contratos de las Administraciones
Públicas: Requisitos. Distintos tipos de contratos administrativos.
Procedimientos de adjudicaci ón. Publicidad.
- 18.- Actuaciones preparatorias: Clasificación y solvencia. Garantías.
Revisión de precios. Registro público de contratos. Cesión.
Extinci ón de contratos
- 19.- La Ley de la Función Pública Vasca. Personal al servicio
de las Administraciones Públicas Vascas. Disposiciones generales.
Organos y competencias.
- 20.- Situaciones administrativas del personal de las Administraciones
Públicas Vascas: Ambito de aplicación. Servicio Activo. Excedencias.
Suspensión. Servicios en otras Administraciones Públicas.
Situaciones del personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- 21.- La Seguridad Social. Régimen general. Afiliación y
cotizaci ón. Acción protectora. Contingencias y prestaciones.
- 22.- Ley General de Sanidad: Del derecho a la protección de la
salud. Del sistema de salud. De las competencias de las administraciones
p úblicas. De la estructura del sistema sanitario público.
- 23.- El Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de
salud. Normas generales. Clasificación del personal estatutario.
Planificación y ordenación del personal. Derechos y deberes.
Adquisición y pérdida de la condición de personal
estatutario fijo.
- 24.- El Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de
salud. Provisión de plazas, selección y promoción
interna. Movilidad del personal. Carrera profesional. Retribuciones. Jornada
de trabajo, permisos, licencias. Situaciones del personal estatutario.
Régimen disciplinario. Incompatibilidades. Representación,
participaci ón y negociación colectiva
- 25.- Ley de Ordenación de las profesión sanitarias: Normas
Generales. Ejercicio de las profesiones sanitarias. Desarrollo profesional
y su reconocimiento
- 26.- Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud:
Disposiciones generales. De las prestaciones. De los profesionales. De
la investigación. Del sistema de información sanitaria.
De la calidad. De los planes integrales. De la participación social.
Del Consejo Interterritorial. De la Alta Inspecci ón.
- 27.- Ley Básica reguladora de la Autonomía del paciente
y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación
clínica: Principios generales. El derecho de información
sanitaria. Derecho a la intimidad. El respeto de la autonomía del
paciente. La historia clínica. Informe de alta y otra documentación
cl ínica.
- 28.- La Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi: Disposiciones
Generales. Sistema Sanitario de Euskadi. Ordenación y Derechos
y deberes de los ciudadanos. Regulación financiera del sistema:
El contrato –programa.
- 29.- Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi: Configuración
del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud. Régimen
Jurídico. Organización rectora. Régimen de gestión.
Medios materiales. R égimen de personal.
- 30.- Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio
vasco de salud: Definición. Domicilio. Fines. Personalidad jurídica
y capacidad de obrar. Normas sobre régimen jurídico. Organización
rectora. Organización Central. Organizaciones de servicios. Régimen
de gesti ón.
- 31.- Estructura orgánica y funcional del Departamento de Sanidad.
- 32.- Ley 7/2002 de 12 de diciembre, de voluntades anticipadas en el ámbito
de la sanidad.
- 33.- Regulación puestos funcionales del Ente Público de
Derecho Privado Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.
- 34.– Estructura organizativa de la Atención Primaria y Atención
Especializada: Tipología. Organos de Dirección, Gestión
y participación. Gerencia de las Comarcas Sanitarias. La Gerencia
de los Hospitales. Equipo Directivo. Consejo de dirección de los
Hospitales y de las Comarcas Sanitarias. Consejo Técnico de Hospitales
y Comarcas Sanitarias. Unidades de Atenci ón Primaria y sus jefaturas.
- 35.– Acuerdo de regulación de condiciones de trabajo del
personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
- 36.– Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativo. Del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo Ambito, órganos y
competencias, Competencia territorial de los Juzgados y Tribunales. Constitución
y actuación de las Salas de lo Contencioso-Administrativo. Distribución
de asuntos
- 37.- Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativo. Las partes:
capacidad procesal. Legitimación. Representación y defensa
de las partes. Objeto del recurso: Actividad administrativa impugnable.
Pretensión de las partes. Acumulación. Cuantía del
recurso
- 38.- Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativo. Procedimiento
contencioso administrativo: Procedimiento en primera o única instancia
Procedimiento Abreviado.
- 39.- Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativo. Recursos
contra providencias, autos y sentencias. Ejecución de sentencias.
Procedimientos especiales Disposiciones comunes: plazos, medidas cautelares.
Incidentes e invalidez de actos procesales. Costas procesales. Disposiciones
adicionales, transitorias y finales.
- 40.- Ley de Enjuiciamiento Civil. Carácter supletorio. De la declinatoria.
De la abstención y recusación. De las actuaciones judiciales.
De la cesación de las actuaciones judiciales y de la caducidad de
la instancia. De la tasaci ón de costas. De la buena fe procesal.
- 41.- Ley de Enjuiciamiento Civil. La prueba: De la presentación
de documentos, dictámenes, informes y otos medios e instrumentos.
De las copias de los escritos y documentos y su traslado. Disposiciones
generales de la prueba. De los medios de prueba y las presunciones. Del
interrogatorio de las partes. De los documentos públicos. De los
documento privados. Del dictamen de peritos. Del reconocimiento Judicial.
Del interrogatorio de testigos. De la reproducción de la palabra,
el sonido y la imagen y de los instrumentos que permiten archivar y conocer
datos relevantes del proceso. De las presunciones.
- 42.- Código Penal. Disposiciones Generales. De la infracción
penal. De las personas criminalmente responsables por los delitos y faltas.
De las penas. De las medidas de seguridad. De la responsabilidad civil derivada
de delitos y faltas y de las costas procesales. De las consecuencias accesorias.
De la extinci ón de la responsabilidad criminal y sus efectos.
- 43.- Código Penal. Del homicidio. Del aborto. De las lesiones.
De las lesiones al feto. Delitos relativos a la manipulación genética.
De las detenciones ilegales y secuestros. De las amenazas. De las coacciones.
Del delito contra la integridad moral. Del acoso sexual. De la omisión
del deber de socorro. Del descubrimiento y revelación de secretos.
Delitos contra el honor. Calumnia, injuria y disposiciones comunes. De los
delitos contra los derechos de los trabajadores. De las falsedades documentales.
- 44.- Código penal. De la usurpación de funciones públicas
y del intrusismo. Delitos contra la administración pública.
De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos
injustos. Del abandono de destino y de la omisión de perseguir delitos.
De la desobediencia y denegación de auxilio. De la infidelidad en
la custodia de documentos y de la violación de los secretos. Del
cohecho. Del tráfico de influencias. De la malversación. De
los fraudes y exacciones ilegales. De las negociaciones y actividades prohibidas
a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su
funci ón. De las faltas contra las personas
- 45.- Ley de Enjuiciamiento Criminal. Disposiciones Generales. Preliminares.
De la competencia de los jueces y tribunales en lo criminal. De las personas
a quienes corresponde el ejercicio de las acciones que nacen de los delitos
y faltas. Del ejercicio de defensa. De la forma de dictar providencias,
autos y sentencias y del modo de dirimir las discordias. De las notificaciones,
citaciones y emplazamientos. De los suplicatorios, exhortos y mandamientos.
De los términos judiciales. De los recursos contra las Resoluciones
de los Tribunales y Jueces de Instrucci ón. De las costas procesales.
- 46.- Ley de Enjuiciamiento Criminal. De la denuncia. De la querella De
las declaraciones de los procesados. De las declaraciones de los testigo.
Del careo de testigos y procesados. Del informe pericial. De la citación.
De las fianzas y embargos. Del juicio oral. De la calificación del
delito. De los artículos de previo pronunciamiento. De la celebración
del juicio oral.
- 47.- Ley de Enjuiciamiento Criminal. Del procedimiento Abreviado: Disposiciones
generales, De las actuaciones de la policía Judicial y el Ministerio
Fiscal. De las diligencias previas. De la preparación del juicio
ora., Del juicio oral y de la sentencia. De la impugnación de la
sentencia, De la ejecución de las sentencias. Del procedimiento para
el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. Del procedimiento
para el juicio sobre Faltas. De los Recursos de apelación, casación
y revisi ón. De la ejecución de sentencias.
- 48.- Ley Orgánica del poder judicial. Del poder judicial y del
ejercicio de la potestad jurisdiccional. De los conflictos de jurisdicción
y de los conflictos y cuestiones de competencia. De la composición
y atribuciones de los órganos jurisdiccionales. Del tiempo hábil
para las actuaciones judiciales. De las actuaciones judiciales
- 49.– Calidad total: Principios y modelos de gestión Características
del modelo de excelencia de la European Foundation for Quality Management.
- 50.– Sistemas de gestión de la calidad. Certificación
ISO. Gesti ón por procesos.
- 51.– Satisfacción del cliente interno y del cliente externo.
M étodos de medición y análisis.
BIBLIOGRAFÍA
- 1.- Constitución Española de 27 de diciembre de 1978. B.O.E
n. º 311-1, de 29 de diciembre de 1978.
- 2.- Ley Orgánica 3/1979 de 18 de diciembre por la que se aprueba
el Estatuto de Autonomía para el País Vasco. B.O.E. n.º 306,
de 22 de diciembre de 1979.
- 3.- Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones
Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus Territorios
Hist óricos. BOPV n.º 182, de 10 de diciembre de 1983.
- 4.- Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno. BOPV n.º 46,
de 27 de julio de 1981.
- 5.- Ley 3/1985, 27 de febrero, por la que se crea y regula la institución
del Ararteko. BOPV, n. º 63, de 22 de marzo de 1985.
- 6.- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se aprueba el Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. B.O.E. n.º 285 de 27 de noviembre de 1992,
reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, B.O.E. n.º 12 de 14 de
enero de 1999.
- 7.- Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo. Reglamento de los procedimientos
en materia de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.
(BOE n. º 106 de 4 de mayo).
- 8.- Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
BOE. n.º 148, 21 de junio de 2000. Real Decreto 1098/2001, de 12 de
octubre, por lo que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos
de las Administraciones Públicas, BOE nº 257, de 26 de octubre
de 2001.
- 9.- Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca,
modificada por la Ley 16/1997 de 7 de noviembre. BOPV n.º 144, de 28
de julio de 1989.
- 10.- Decreto 339/2001, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Situaciones Administrativas del personal funcionario de las Administraciones
P úblicas Vascas, BOPV n.º 10 de 15 de enero de 2002.
- 11.- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- 12.- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
- 13.- Ley 55/2003, de 16 de noviembre, Estatuto Marco del personal estatutario
de los servicios de salud.
- 14.- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad en el
Sistema Nacional de Salud.
- 15.- Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación Profesiones
Sanitarias.
- 16.- Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi.
BOPV n.º 138, de 21 de julio de 1997).
- 17.- Decreto 255/1997, de 11 de noviembre por el que se establecen los
Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de
salud, BOPV n.º 219, 14 de noviembre de 1997.
- 18.- Ley 7/2002, de 12 de noviembre, Ley Voluntades Anticipadas.
- 19.- Decreto 268/2001, de 6 de noviembre, por el que se establece la estructura
orgánica y funcional del Departamento de Sanidad. BOPV n.º 220
de 14 de noviembre de 2001.
- 20.- Decreto 195/1996, de 23 de julio, sobre Estructura Organizativa de
los recursos adscritos a Osakidetza-Servicio vasco de salud para la Atención
Primaria. BOPV n.º 164, de 28 de agosto de 1996.
- 21.- Decreto 194/1996, de 23 de julio, sobre Estructura Organizativa de
los recursos adscritos a Osakidetza-Servicio vasco de salud para la Atención
Especializada. BOPV n.º 164, de 28 de agosto de 1996.
- 22.- Decreto nº 57/2005, por el que se aprueba el Acuerdo de regulación
de condiciones de trabajo del personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
BOPV nº 60/2005, de 31 de Marzo del 2005.
- 23.- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
- 24.- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- 25.- Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre. Código Penal.
- 26.- Real Decreto 14 de septiembre 1882. Ley Enjuiciamiento Criminal.
- 27.- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio Poder Judicial, de Enjuiciamiento
Criminal vigente.
- 28.- «Calidad total». Editado por Euskalit/Fundación
Vasca para la Calidad. Zamudio 2001. 199 pp.
- 29.- Guía para la Gestión de Procesos/Prozesuak Gestionatzeko
Gida. Dirección de Asistencia Sanitaria. Osakidetza/Servicio vasco
de salud. Vitoria 2000. ISBN: 84-89342-10-5. 86 pp.
- 30.- J.J. Mira, J. Aranaz, M.A. Blanco et al. “Calidad relacional
y satisfacción del usuario”. En “Calidad en la atención
sanitaria. Conceptos teóricos y aplicaciones prácticas”.
Editores Paz Rodríguez Pérez y Juan García Caballero.
Sociedad Española de Medicina Preventiva. Madrid 2001. ISBN: 84-87385-62-1.
Pgs. 149-194.
- 31.- Manual de evaluación y mejora de la satisfacción de
las personas en las organizaciones de servicios/Zerbitu Erakundeetako pertsonen
gogobetetzea ebaluatzeko eta hobetzeko eskuliburua. Vitoria 2001. ISBN: 8489342-17-2.
79 pp.
- 32.- UNE-EN ISO 9000. Sistemas de gestión de la calidad. Fundamentos
y vocabulario. (ISO 9000:2000). AENOR 2000. 37 pp.
- 33.- UNE-EN ISO 9001. Sistemas de gestión de la calidad. Requisitos.
(ISO 9001:2000). AENOR 2000. 39 pp.